El País

Reforma laboral: cuándo el empleador podrá pedir una junta médica ante licencias por enfermedad

La nueva reglamentación establece que tanto trabajadores como empresas podrán recurrir a una junta médica oficial cuando existan diferencias sobre diagnósticos o períodos de reposo.

El Gobierno nacional de Javier Milei reglamentó aspectos vinculados a las licencias por enfermedad dentro de la Ley de Modernización Laboral 27.802 y estableció nuevos requisitos para la emisión de certificados médicos y el control del ausentismo laboral.

La medida fue oficializada mediante los Decretos 407/2026, 408/2026 y 409/2026, publicados en el Boletín Oficial, que introducen cambios en distintos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, uno de los cambios más relevantes alcanza al artículo 210 de la Ley de Contrato de Trabajo, que regula las ausencias por enfermedad y los controles médicos.

La nueva reglamentación dispone que toda prescripción médica que ordene reposo laboral deberá emitirse de manera electrónica a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDIS).

Además, los certificados deberán estar firmados por profesionales habilitados e inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS).

Cuándo puede intervenir una junta médica

La normativa establece que podrán surgir diferencias entre el diagnóstico presentado por el trabajador y el resultado del control médico realizado por la empresa.

En esos casos, cuando las discrepancias sean consideradas insalvables, tanto el empleador como el trabajador quedarán habilitados para recurrir a una junta médica oficial.

También podrán solicitar la intervención de institutos públicos o privados de reconocida trayectoria para determinar la situación médica correspondiente.

De esta manera, la reglamentación incorpora un mecanismo formal para resolver conflictos vinculados con licencias por enfermedad, períodos de reposo o diagnósticos contradictorios.

Qué debe contener el certificado médico

La reglamentación también fija los requisitos mínimos que deberán incluir las prescripciones médicas que justifiquen una ausencia laboral. Entre los datos obligatorios figuran:

Diagnóstico médico.

Tratamiento indicado.

Cantidad de días de reposo.

Emisión electrónica mediante plataforma registrada.

Firma de un profesional habilitado.

El objetivo es dotar de mayor trazabilidad y control a los certificados médicos utilizados para justificar inasistencias laborales.

Según accedió la Agencia Noticias Argentinas, el nuevo esquema apunta a digitalizar completamente el proceso de licencias por enfermedad y establecer mecanismos de validación tanto para trabajadores como para empleadores.

La reglamentación forma parte del paquete de medidas impulsadas por el Poder Ejecutivo para implementar la reforma laboral aprobada mediante la Ley de Modernización Laboral 27.802.

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